| Quejas y denuncias |
Las quejas y denuncias pueden ser hechas por cualquier ciudadano mayor de edad debido a una inconformidad sobre una conducta o procedimiento de un servidor público de manera injustificada.
Es un deber ciudadano reportar una irregularidad denunciando los hechos de manera responsable y presentando pruebas comprobables, dicha denuncia puede ser en contra de cualquier servidor público entendiéndose por éste cualquier funcionario y empleado del Estado y los municipios que desempeñen un cargo o comisión en la Administración Pública, Estatal o Municipal.
La función del ciudadano que reporta no es ser parte del proceso de seguimiento de la denuncia, únicamente es de aportar los elementos necesarios para la investigación de irregularidades cometidas por los servidores públicos.
Las quejas y denuncias recibidas a través de éste medio serán recibidas y atendidas por la Contraloría Interna de la Secretaría de Educación y Cultura y se limitarán a asuntos de tipo laboral, quedando excluídos los asuntos particulares o de orden privado, tampoco tienen competencia asuntos que involucren a Servidores Públicos de otras dependencias ajenas a la Secretaría de Educación y Cultura del Estado de Zacatecas.
| ¿Cuándo es queja y cuándo denuncia? |
Una queja se puede realizar cuando un servidor público causa una molestia personal directa por motivo de sus funciones de manera injustificada.
Una denuncia es exponer hechos de alguna irregularidad en la administración pública estatal aún y cuando no se cause molestia directa.
| Cuándo denunciar |
Al ser objeto de:
* Abuso de autoridad |
* Mal trato |
* Mala prestación del servicio |
* Condicionamiento del mismo |
* Lentitud injustificada en los trámites |
* Mal empleo de recursos públicos |
* Negativa injustificada de un servicio público |
* Corrupción |
* Negligencia |
* Obstrucción de la justicia |
O cualquier acto irregular o violación al Art. 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado
| Denunciar ahora |
Entiendo que:
El denunciar a un servidor público puede traer como consecuencia sanciones administrativas en su contra. |
No me está permitido ser parte del procedimiento de responsabilidad administrativa. |
El procedimiento administrativo derivado de mi queja y/o denuncia presentada no me garantiza una compensación del Estado. |
La presente queja y/o denuncia es únicamente para notificar actividades de los servidores públicos que constituyan una probable violación a las leyes y reglamentos administrativos del Estado de Zacatecas. |
He leído y comprendido los artículos 5, 6, 27, 28, 29 y 30 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado. |
Debo proporcionar mis datos personales sin falsificar información. |