Para efectos de este reglamento, se denomina escalafón el sistema organizado en la Secretaría de Educación Pública para efectuar las promociones de ascenso de los trabajadores de base y autorizar las permutar (Art. 1°).
La Comisión Estatal Mixta de Escalafón y Promociones es una Institución Autónoma en sus decisiones cuyas resoluciones no pueden ser invalidadas por autoridades administrativas u órganos de gobierno sindical sino únicamente por los tribunales competentes (Art. 25).